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CIMEC - CONICET

CLUSTERS C3

Centro de Cómputos del CIMEC


PIRAYU

PIRAYU

SESHAT

SESHAT

BORA

Sala del clúster

El Centro de Cómputos del CIMEC (C3) es una dependencia del Centro Investigación de Métodos Computacionales, cuyo objetivo es prestar servicios de cómputo avanzado a usuarios del sistema científico, utilizando los recursos computacionales que dispone el CIMEC. Actualmente el C3 esta catalogado por el Sistema Nacional de Computación de Alto Desempeño (SNCAD) como un Centro de Cálculo Integral, la más alta categoría en centros de cálculo, debido a las capacidades de cálculo e infraestructura con las que cuenta. En la Sala Cluster del edificio CIMEC, ubicado en el Predio "Dr. Alberto Cassano" del Centro Científico Tecnológico del CONICET en la ciudad de Santa Fe, se cuenta con dos clusters de cómputo activos: Pirayú y Seshat.

Reglamento | Centro de Cómputos del CIMEC (C3)

El C3 es una dependencia del Centro Investigación de Métodos Computacionales (CIMEC), cuyos objetivos son prestar servicios de cómputo avanzado a usuarios del sistema científico, utilizando los recursos computacionales de cálculo avanzado de que dispone el CIMEC.


Capítulo 1: Funciones específicas

Artículo 1:

Serán funciones específicas del C3:

  1. Administrar los recursos de computación avanzada existentes en el CIMEC.
  2. Prestar servicios de cómputo avanzado para investigadores y becarios del CIMEC.
  3. Establecer y administrar los mecanismos necesarios para compartir los recursos de cómputo del CIMEC con usuarios científicos de otros sitios, a través del Sistema Nacional de Computación de Alto Desempeño (SNCAD).
  4. Brindar apoyo técnico a usuarios de los sistemas de cómputo avanzado del C3, en todo lo que refiera a un uso adecuado y eficiente del equipamiento.


Capítulo 2: De la organización

Artículo 2:

El C3 estará dirigido por un Supervisor, quién será designado por el Director del CIMEC con acuerdo del Consejo de Dirección (CD), de entre el personal de CIMEC.

Artículo 3:

Serán funciones específicas del Supervisor:

  1. Cumplir y hacer cumplir el reglamento del C3, y demás normas y decisiones tomadas por el Director del CIMEC relativos al C3.
  2. Fiscalizar el uso correcto del equipamiento.
  3. Llevar el inventario del C3.
  4. Elaborar y proponer al Director del CIMEC la modalidad de uso de los equipos del C3 y sus prioridades de uso.
  5. Elaborar y proponer al Director del CIMEC los esquemas de tarifas de servicios que se brinden en el C3.
  6. Elaborar y proponer al Director del CIMEC el plan de desarrollo del C3 y los proyectos de apoyo institucional.


Capítulo 3: De los bienes del C3 y su uso

Artículo 4:

El equipamiento inicial del C3, a la fecha de aprobación del presente Reglamento, consta de 3 (tres) clusters, adquiridos a través de proyectos de Ciencia y Técnica nacionales, cuyas características se listan en anexo.

Artículo 5:

El Director del CIMEC deberá aprobar toda incorporación de equipamiento, debiendo evaluar a tal efecto los requerimientos de espacio, de alimentación eléctrica y de refrigeración, como así también los costos adicionales que se requieran para su mantenimiento y administración.


Derechos y Obligaciones de los Usuarios del Equipamiento del C3

  1. Todo estudiante de posgrado, becario, investigador o visitante que pertenezca a un proyecto asociado al CIMEC tiene acceso directo a los recursos del C3. Su cuenta y contraseña será otorgada por el Supervisor del C3.
  2. Estudiantes de posgrado, becarios e investigadores de otras instituciones, podrán ser usuarios de los recursos del C3 por medio de los mecanismos establecidos dentro del Sistema Nacional de Computación de Alto Desempeño (SNCAD).
  3. No está permitido acceder a cualquiera de los equipamientos del C3 con la cuenta de otro usuario, excepto los administradores y sólo con el propósito de diagnóstico o corrección de problemas.
  4. Ningún usuario está autorizado a pasar su contraseña a otras personas aún tratándose de otro usuario del Centro.
  5. Los usuarios son responsables de elegir contraseñas seguras para sus cuentas, y de mantener dichas contraseñas de forma segura todo el tiempo. Las contraseñas deben ser cambiadas regularmente.
  6. Toda cuenta de usuario creada para la realización puntual de una actividad sobre los equipos, será mantenida a lo sumo 60 días posteriores a terminada la actividad.
  7. Está absolutamente prohibido navegar en Internet o descargar archivos a través del equipamiento del C3, debiendo quedar restringido su uso a las aplicaciones de cálculo.
  8. Sólo están permitidas las conexiones hacia equipamiento del C3 a través de protocolos seguros y por puerto 22 (ssh, sftp, etc.).
  9. El usuario debe adherir y cumplir con las reglas de uso de la red del servicio CORS del CCT Santa Fe.
  10. Toda cuestión no contemplada en este reglamento respecto al uso del equipamiento, será resuelta por el Supervisor del C3.
Responsables
Integrantes Centro de Cómputos del CIMEC (C3)
Contacto

  c3admin@santafe-conicet.gov.ar

  hpc-cimec@googlegroups.com (Lista de usuarios)

  +54-342-4511594/95 int 7025/7026/7027

  Edificio CIMEC - Predio CONICET Santa Fe "Dr. Alberto Cassano" - Colectora Ruta Nac Nro 168, Km 0, Paraje El Pozo - (3000) Santa Fe - Argentina