Reglamento | Centro de Cómputos del CIMEC (C3)
El C3 es una dependencia del Centro Investigación de Métodos Computacionales (CIMEC), cuyos objetivos
son prestar servicios de cómputo avanzado a usuarios del sistema científico, utilizando los recursos
computacionales de cálculo avanzado de que dispone el CIMEC.
Capítulo 1: Funciones específicas
Artículo 1:
Serán funciones específicas del C3:
- Administrar los recursos de computación avanzada existentes en el CIMEC.
- Prestar servicios de cómputo avanzado para investigadores y becarios del CIMEC.
- Establecer y administrar los mecanismos necesarios para compartir los recursos de cómputo del CIMEC
con usuarios científicos de otros sitios, a través del Sistema Nacional de Computación de Alto
Desempeño (SNCAD).
- Brindar apoyo técnico a usuarios de los sistemas de cómputo avanzado del C3, en todo lo que refiera
a un uso adecuado y eficiente del equipamiento.
Capítulo 2: De la organización
Artículo 2:
El C3 estará dirigido por un Supervisor, quién será designado por el Director del CIMEC con acuerdo del
Consejo de Dirección (CD), de entre el personal de CIMEC.
Artículo 3:
Serán funciones específicas del Supervisor:
- Cumplir y hacer cumplir el reglamento del C3, y demás normas y decisiones tomadas por el Director
del CIMEC relativos al C3.
- Fiscalizar el uso correcto del equipamiento.
- Llevar el inventario del C3.
- Elaborar y proponer al Director del CIMEC la modalidad de uso de los equipos del C3 y sus
prioridades de uso.
- Elaborar y proponer al Director del CIMEC los esquemas de tarifas de servicios que se brinden en el
C3.
- Elaborar y proponer al Director del CIMEC el plan de desarrollo del C3 y los proyectos de apoyo
institucional.
Capítulo 3: De los bienes del C3 y su uso
Artículo 4:
El equipamiento inicial del C3, a la fecha de aprobación del presente Reglamento, consta de 3 (tres)
clusters, adquiridos a través de proyectos de Ciencia y Técnica nacionales, cuyas características se
listan en anexo.
Artículo 5:
El Director del CIMEC deberá aprobar toda incorporación de equipamiento, debiendo evaluar a tal efecto
los requerimientos de espacio, de alimentación eléctrica y de refrigeración, como así también los costos
adicionales que se requieran para su mantenimiento y administración.
Derechos y Obligaciones de los Usuarios del Equipamiento del C3
- Todo estudiante de posgrado, becario, investigador o visitante que pertenezca a un proyecto asociado
al CIMEC tiene acceso directo a los recursos del C3. Su cuenta y contraseña será otorgada por el
Supervisor del C3.
- Estudiantes de posgrado, becarios e investigadores de otras instituciones, podrán ser usuarios de
los recursos del C3 por medio de los mecanismos establecidos dentro del Sistema Nacional de
Computación de Alto Desempeño (SNCAD).
- No está permitido acceder a cualquiera de los equipamientos del C3 con la cuenta de otro usuario,
excepto los administradores y sólo con el propósito de diagnóstico o corrección de problemas.
- Ningún usuario está autorizado a pasar su contraseña a otras personas aún tratándose de otro usuario
del Centro.
- Los usuarios son responsables de elegir contraseñas seguras para sus cuentas, y de mantener dichas
contraseñas de forma segura todo el tiempo. Las contraseñas deben ser cambiadas regularmente.
- Toda cuenta de usuario creada para la realización puntual de una actividad sobre los equipos, será
mantenida a lo sumo 60 días posteriores a terminada la actividad.
- Está absolutamente prohibido navegar en Internet o descargar archivos a través del equipamiento del
C3, debiendo quedar restringido su uso a las aplicaciones de cálculo.
- Sólo están permitidas las conexiones hacia equipamiento del C3 a través de protocolos seguros y por
puerto 22 (ssh, sftp, etc.).
- El usuario debe adherir y cumplir con las reglas de uso de la red del servicio CORS del CCT Santa
Fe. Para ello deberá completar y entregar a la administración del C3 la nota de conformidad.
- Toda cuestión no contemplada en este reglamento respecto al uso del equipamiento, será resuelta por
el Supervisor del C3.